
Una frase que este perito repite con asiduidad es que no es posible resistirse a una innovación tecnológica, puede ser que consigas retrasarla, pero a corto o medio plazo esta innovación se impondrá. Muchísimos ejemplos a lo largo de la historia nos muestran que esta afirmación es un hecho fehaciente, la resistencia al uso de la imprenta, los orígenes del uso de los vehículos de motor, son claros ejemplos.
Actualmente vivimos en una época donde las innovaciones tecnológicas avanzan muchísimo más deprisa de lo que, muchas veces, somos capaces de asumir, lo que limita nuestra capacidad de adaptarnos jurídicamente al nuevo entorno.
En informática, existe un principio, la llamada Ley de Moore que indica que cada dos años se duplica la capacidad de procesamiento de un microprocesador, dicho de otra forma, que en dos años un ordenador va a ser capaz de ejecutar una tarea dos veces más rápido. Esto implica una progresión, es decir en 4 años será 8 veces más rápido y en 6 años 16 veces más rápido. Hoy en día el teléfono que llevan cualquiera de ustedes en la mano es más potente que todos los ordenadores que sirvieron para enviar un hombre a la luna en 1961. ¿Se imaginan que un empleado en 6 años fuera capaz de trabajar 16 veces más rápido? Y no se trata de una teoría, los estudios y mediciones indican que es una realidad.
La situación realmente complicada se presenta par los jueces, fiscales y abogados que se mueven en un entorno tecnológico tan complejo y tan cambiante que desempeñar su trabajo es cada vez más difícil..
¿Qué implicaciones tiene este hecho? Este aumento en potencia y capacidad de trabajo hace que tareas que antes eran imposibles ahora se hagan rápidamente. Por ejemplo, a mucha gente los robots les suenan a ciencia ficción, pero lo que desconocen es que actualmente muchísimos trabajos son desarrollados por estos robots. Operan enfermos, gestionan el tráfico, conducen trenes y aviones… ¿Qué ocurre en el caso de que la actuación de un robot cause un accidente? ¿Quién es jurídicamente responsable, el propietario, el fabricante? Pero yendo un poco más lejos, ya existen robots que están desempeñando tareas de responsabilidad, por decirlo de otra manera: son “jefes” de personas. Por ejemplo en empresas de seguridad pueden organizar turnos de trabajo e incluso ante una situación analizar los riesgos y decidir una actuación en consecuencia. De nuevo nos encontramos en una disyuntiva sobre cuáles son las consecuencias jurídicas de estos hechos. Si hay un hecho enjuiciable, ¿Es jurídicamente responsable un empleado cuando realice unas tareas que son encargadas, diseñadas y gestionadas por un robot?
Hoy en día ya existen casos que han sido notorios y que del mismo modo nos dan que pensar, en 2010 una persona falleció al caer su vehículo a un pantano donde el GPS le indicaba que había una carretera. Cierto es que este tipo de dispositivo al iniciar indica al usuario que debe estar atento y prestar atención a las señales de tráfico, pero lo cierto es que podría no existir una señal en un momento dado. Y aquí de nuevo tenemos un dilema ya que el fabricante del GPS construye sus planos a partir de la información que obtiene de fuentes de datos públicas. ¿Podría la administración ser la responsable, el fabricante del GPS, el conductor? Sin duda da lugar a múltiples interpretaciones.
Aquí la cuestión no es la capacidad del legislador de interpretar la normativa y realizar un dictamen. Por suerte tenemos unas leyes que admiten interpretaciones, y unos profesionales con una preparación extraordinaria y con capacidad para emitir un juicio. Pero la cuestión es el entorno que tienen que juzgar o evaluar. La tecnología evoluciona a tal velocidad que una sentencia emitida en un año podría tener unos condicionantes que hicieran que el dictamen fuera distinto un año más tarde. Por citar un ejemplo más cercano, técnicamente hablando, la ecosistema que define la validez jurídica de los mensajes de Whatsapp ha cambiado 4 veces en 6 meses tal y como comentaba en un artículo anterior..
Realmente ¿Con qué rapidez se produce esta evolución? Bueno, la investigación de los vehículos autónomos avanza a pasos agigantados, en 2015 los vehículos autónomos de la empresa Google recorrieron 595.457 km y únicamente tuvieron 5 accidentes, todos ellos sin víctimas. Pero la cuestión no es que tengan o no tengan accidentes, sino que la tasa de accidentes sea mucho menor que la de un vehículo normal. Si por ejemplo un taxi con su conductor tiene un accidente pongamos cada 100.000 Km y un vehículo autónomo una tasa menor por ejemplo cada 500.000 Km ¿Qué vehículo va a preferir usar un pasajero?, si además el vehículo puede saber cómo está el tráfico en toda la ciudad y analizar la mejor ruta en todo momento… Es una mera cuestión de tiempo que terminen imponiéndose. Y esto nos lleva a la siguiente pregunta, ¿Quién es el responsable en caso de un accidente con un coche autónomo? ¿el propietario, el fabricante, el pasajero?. Para los legisladores será necesario comprender el funcionamiento técnico de estos sistemas para poder emitir un dictamen. Estos son los retos a los que nos enfrentamos.
Tengan en cuenta un detalle, hace cuatro años estos vehículos eran un sueño, hace dos un prototipo y actualmente ya están circulando por muchos países. Cierto es que nuestras leyes son flexibles y se pueden adaptar a la mayoría de casos a los que nos encontremos, pero la situación realmente complicada se presenta para los jueces, fiscales y abogados que se mueven en un entorno tecnológico tan complejo y tan cambiante que desempeñar su trabajo es cada vez más difícil. Y es por ello que la labor de los peritos informáticos va a tomar cada vez más peso y va tener una mayor importancia. No dejen de contar con nosotros, estamos ahí para ayudarles. El futuro es hoy.